UN HISTORICO AVANCE POR LA IGUALDAD DE DERECHOS Y LA NO DISCRIMINACION

La reciente sanción por parte del Congreso de la Nación Argentina de la Ley de Matrimonio igualitario materializa con total coherencia el principio de igualdad ante la ley de rango constitucional, al establecer que el derecho humano a contraer matrimonio le corresponde a todas y todos los ciudadanos y ciudadanas , sin discriminación alguna por motivos de preferencias u orientaciones sexuales.

Ratifica de este modo el Poder Legislativo Nacional, tal como lo hicieran anteriormente numerosos fallos judiciales, la plena vigencia del principio de privacidad consagrado por nuestra Constitución Nacional en su artículo 19, y el compromiso irrenunciable del Estado Nacional laico con las expresas disposiciones de los Convenios, Tratado y Pactos Internacionales de Derechos Humanos de jerarquía Constitucional, ratificados por la República Argentina.

Asimismo, confirma la posibilidad del ejercicio pleno del derecho de adopción sin distinciones y legitima el concepto amplio de familia que se sabía existía en la práctica, pero que venía siendo negado y perturbado por estrechas y sectarias visiones ligadas a ciertos fanatismos religiosos.

La Legislatura de la Provincia del Chaco , a través del dictado de siete resoluciones que apoyaban la iniciativa que culminaría en ley, estuvo comprometida y presente en la histórica sesión del 14 de Julio de 2010 ,y las valientes palabras de la senadora Elena Corregido, supieron transmitir en el recinto de la Cámara Alta el espíritu tolerante, abierto, plural y no discriminador de nuestra joven sociedad civil.

La consecución de nuevos derechos confirma el camino recorrido por sociedades democráticas que aspiran a construir ciudadanía e incluir nuevas y diversas identidades, dejando atrás los estereotipos, fobias y prejuicios. También –lamentablemente- se confirman las repetidas actitudes de las jerarquías de la Iglesia Católica de todo el país, de oposición fanática e irracional a cualquier cambio de orden temporal, conducta que los llevó a atacar en forma virulenta a fines del siglo XIX a la ley de matrimonio civil y a mediados de la década del ‘80 del siglo anterior a la ley de divorcio vincular, con los mismos viejos argumentos con que “demonizaban” en los últimos días a todo aquello que no cuadrara en el modelo – repetido hasta el hartazgo- de “familia: papa, mamá y niño”.

No se puede dejar de mencionar el rol de las organizaciones de la sociedad civil (periodistas, organizaciones que trabajan la temática de la diversidad y la perspectiva de género, dirigentes sociales y de la cultura, miembros de cultos religiosos) quienes, tanto en nuestra provincia como a nivel nacional, fueron, con respeto, paciencia y perserverancia, los principales militantes y protagonistas activos de esta nuevo gran paso en la ampliación de los derechos civiles del pueblo argentino. Para ellos nuestro reconocimiento y eterno agradecimiento.



FABRICIO BOLATTI CARLOS MARTÍNEZ RAÚL ACOSTA

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